A PUNTO DE PROMULGARSE POSTERGACIÓN PARCIAL DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LA NUEVA LEY 20.958 DE APORTES AL ESPACIO PÚBLICO

Tras aprobarse la semana pasada en el Senado de la República, en segundo trámite constitucional, así quedó el proyecto de Ley (Boletín 13705-15) que posterga parcialmente la entrada en vigencia de la nueva Ley de Aportes al Espacio Público, que entraría en vigencia en noviembre de 2020. Para todos los permisos de edificación residencial, de equipamiento, industria o infraestructura, dicha Ley contempla el reemplazo de los actuales Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTUS), por un nuevo Informe de Mitigación de Impacto Vial (IMIV) que recoge más y mejores variables de transporte y movilidad, junto con establecer un aporte en dinero u obras -equivalente hasta el 44% del valor de tasación del predio correspondiente- para financiar o ejecutar obras de inversión en el espacio público, conforme a Planes de Inversión Comunal o Intercomunal.

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La postergación se relaciona con la entrada en vigencia del nuevo Informe de Mitigación Vial, concediendo un año más de validez al régimen de los actuales Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano, debido, principalmente, a la dificultad en la implementación del nuevo sistema, manteniendo para noviembre de este año la entrada en vigencia de la obligación de Aporte al Espacio Público respecto de todos los permisos de edificación presentados a partir de esa fecha. Conforme a esta norma, los aportes deben pagarse en dinero, previo a la recepción municipal del proyecto. Alternativamente, el interesado puede solicitar que el aporte se materialice a través de la ejecución de estudios de prefactibilidad, proyectos de ingeniería y/o de arquitectura, medidas operacionales para transporte público o privado y los modos no motorizados, obras de infraestructura pública u otras medidas, con tal que lo propuesto se incluya en el Plan Comunal o Intercomunal de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público. Dicho plan deberá ser elaborado por cada municipio, y deberá incorporar una cartera de proyectos, obras y medidas incluidas en los instrumentos de planificación territorial existentes o asociadas a éstos, debidamente priorizadas, para mejorar tanto sus condiciones de conectividad, accesibilidad, operación y movilidad; como la calidad de sus espacios públicos, cohesión social y sustentabilidad urbanas.