Proyecto de ley “plásticos desechables de un solo uso”
El pasado 11 de junio, Senado despachó el proyecto de Ley que limita la generación de productos desechables y regula los plásticos, al Tribunal Constitucional, luego que desde la Presidencia de la República no presentaran observaciones al proyecto.

La iniciativa, presentada por el Ministerio de Medio Ambiente, permitirá hacernos cargo de más de 23.000 toneladas de plásticos de un solo uso y desechables que se generan al año, en locales como restaurantes, bares, cafeterías y el delivery.
De acuerdo a lo informado por el Ministerio del Medio Ambiente, y basados en un reporte realizado por las organizaciones Oceana y Plastic Ocean, se estableció que en Chile se generan al año un poco más de 23.000 toneladas de plásticos de un solo uso provenientes de locales de venta de alimentos como son bares, cafeterías y delivery. El estudio indica que, “esta cifra, es comparable al peso de 116 ballenas azules o al volumen de cinco piscinas olímpicas o a la huella de carbono que una persona en auto dejaría al dar vuelta a la Tierra 5.300 veces”, entre otras comparaciones.
ORIGEN DE LA INICIATIVA
El proyecto que intenta regular esta materia fue ingresado inicialmente el año 2008 a través de distintos Boletines (N° 6.045-12; N° 6.080-12; N° 6.520-12, N° 6.585-12), los cuales se encuentran refundidos en el Boletín N° 10.054-12. El actual Boletín que contiene a los anteriores fue presentado el 18 de mayo de 2015. Actualmente el trámite se encuentra en al Tribunal Constitucional.
FUNDAMENTO Y OBJETIVO
El presente proyecto tiene por objeto integrar y reforzar el tratamiento de plásticos de un único uso a nivel nacional a través de la limitación o prohibición de éstos, como parte de las políticas públicas del Estado. La idea de este proyecto es promover un cambio en la sociedad para minimizar la generación de estos residuos, todo esto a través de la adopción de medidas específicas que van desde la producción y distribución, hasta la comercialización y depósito.
CONTENIDO
El proyecto contiene 5 Títulos y dos disposiciones transitorias, y sus principales lineamientos son los siguientes:
1. Título I: Disposiciones Generales
Este Título cuenta con dos artículos los cuales especifican lo siguiente. En el Artículo 1, se establece el objeto de la Ley. A su vez en el Artículo 2 se incluyen las Definiciones.
2. Título II: Limitaciones a la entrega de productos de un solo uso
En este título se establecen cuáles será las prohibiciones, ya sea dentro o fuera del establecimiento. Así como también se establece que el fabricante o importador del plástico deberá contar con un certificado otorgado de conformidad.
3. Título III: Regulación de las botellas plásticas
Se establece que las botellas plásticas desechables que se comercialicen deberán contar con un porcentaje de plástico que haya sido recolectado y reciclado dentro del país. Existirá una obligación de comercializar los envases retornables.
4. Título IV: Otras Disposiciones
Corresponderá al Ministerio del Medio Ambiente otorgar los certificados de acreditación del plástico, a través de entidades técnicas cuya acreditación, autorización y control estará a cargo de la Superintendencia del Medio Ambiente. Además bajo este título, se le otorga funciones fiscalizadoras a todos los municipios del país, así como se establece que cualquier persona podrá denunciar el incumplimiento de esta ley. Por otra parte se definen las infracciones y multas asociadas por el incumplimiento de la ley, y se señala que los beneficiarios serán los municipios.
Por último, el Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental para sensibilizar a la comunidad sobre la importancia de reducir el consumo de estos productos y su impacto en el medio ambiente. Además promoverá el desarrollo del compostaje.
5. Título V: Modificaciones de Normas Legales
Se realizan algunas modificaciones a algunos artículos de la Ley N° 19.300, Ley N° 20.417, y al Decreto N° 307, este último del Ministerio de Justicia.
6. Disposiciones Transitorias
Se define la entrada en vigencia de la Ley y se establece que el ministerio del medio ambiente deberá dictar el reglamento en un plazo de 18 meses de publicada la Ley.
ANÁLISIS
Un paso más se ha dado en la búsqueda de regular o prevenir el exceso de residuos que se generan en nuestro país, y que lamentablemente a nivel mundial están generando estragos en el planeta, y muy significativamente en los océanos. Con la dictación de esta ley y su posterior promulgación se pretende generar un cambio de hábito en el consumo de ciertos bienes y la forma en que el rubro de servicios, asociados a restaurantes, bares, cafeterías y el delivery en general van a tener que adaptar sus actividades para operar de una manera más sustentable. Sin duda que adecuarlo en la actualidad no será una tarea fácil, considerando el escenario actual de pandemia en el que nos encontramos.
Creemos que este es un primer gran paso para reducir la generación de residuos que son perfectamente evitables y esperamos que esta iniciativa se expanda a otros rubros productivos y de servicios.
EL APORTE DE ORBE CONSULTORES
ORBE Consultores Ambientales, a través de sus distintas áreas especializadas, cuenta con la experiencia, los especialistas y un equipo de profesionales multidisciplinarios, que pueden apoyar a las empresas generadoras/productoras de plásticos de un solo uso, en la Implementación de medidas de apoyo para avanzar hacia un modelo de Economía Circular.
Productos y Servicios
- Diseño y apoyo en la Implementación de Planes Estratégicos de Economía Circular.
- Evaluación de riesgos y contingencias ambientales en procesos de fusión y adquisiciones (Due Dilligence).
- Diseño de medidas de reparación y/o saneamiento ambiental de sitios contaminados.
- Planificación y diseño de planes de abandono o cierre de faenas y proyectos.
- Evaluación y diseño de planes de restauración ambiental.
- Gestión de Huella de Carbono (cálculo de emisiones, planes de reducción, compensación, y asesoría para certificaciones).
- Gestión de Huella del Agua (medición, planes de gestión y reducción, asesoría para certificaciones).
- Diagnóstico, diseño y gestión de proyectos de Eficiencia Energética (Certificaciones, modelamiento, especialidades).
- Compensaciones ambientales.
- Estructuración de procesos para la gestión y reporte de Indicadores de Sustentabilidad.
- Elaboración de Reportes de Sustentabilidad.
- Informes Corporativos Integrados IIRC (International Integrated Reporting Council).
- Gerenciamiento de riesgos socioambientales y análisis en cadenas de proveedores.
- Estrategias de negocios alineadas con los contextos sociales y ambientales, evaluación de riesgos y oportunidades.