SMA clausuró proyecto inmobiliario en Lampa

La Superintendencia del Medio Ambiente ordenó la clausura total de un Proyecto Inmobiliario “Loteo en Lampa”, tras una serie de inspecciones y solicitudes por parte de fiscalizadores de la Superintendencia que daban cuenta de incumplimientos ambientales.

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En septiembre de 2020, se logró verificar que el proyecto de loteo correspondiente a la Unidad Fiscalizable “Loteo Inversiones Lampa SpA”, debía someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), conforme al D.S. N°40/2012 del MMA.

En particular, el cierre de las obras se produce tras la negativa de Inversiones Lampa SpA de cumplir con la detención de obras ordenadas por la SMA, una vez autorizada por el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago y producto de reiteradas fiscalizaciones realizadas por funcionarios de esta institución, se procedió a reemplazar la medida provisional hasta ahora dictada a la empresa por la clausura total y por un plazo de 30 días corridos de las instalaciones del proyecto inmobiliario “Lote Inversiones Lampa Spa” que hasta ahora se encontraba en fase de construcción, (Res. Ex. N°485 del 08 de marzo de 2021).

Al respecto, el Jefe de la Sección de Recursos Hídricos y Biodiversidad de la División de Fiscalización de la SMA, señaló que la adopción de esta medida de clausura total de las instalaciones del proyecto inmobiliario, además de ser necesaria para prevenir o precaver el riesgo generado, es absolutamente proporcional a los reiterados incumplimientos que se han constatado en diversas visitas inspectivas al sector y que fueron acreditados ante el Segundo Tribunal Ambiental.

Tras constatar que el titular continuaba ejecutando su proyecto inmobiliario, pese a estar en conocimiento de su obligación de ingresar previamente al SEIA, la SMA ordenó una Medida Provisional (MP) que consistió en la detención de toda obra tendiente a materializar el proyecto inmobiliario que se encuentra actualmente en construcción, y toda obra o acción tendiente a intervenir la superficie del Humedal Puente Negro como de los sitios aledaños al mismo, por 15 días, debido a que se trataba de fase pre-procedimental. Previamente, la medida fue elevada en consulta al Tribunal Ambiental, quien dio su autorización el día 13 de enero.

Las actividades de fiscalización posteriores dieron cuenta que el titular continuó ejecutando la construcción de su proyecto inmobiliario pese a la detención total ordenada a través de las medidas provisionales dictadas por medio de la Resolución Exenta SMA N° 66/2021. Es más, en dichas ocasiones, se observó un ritmo de trabajo muy superior al observado durante las actividades de fiscalización ejecutadas con anterioridad.

Finalmente, y tras la sexta inspección ambiental, realizada por funcionarios de la Superintendencia, el 01 de marzo de 2021, se volvió a constatar de los reiterados incumplimientos por parte de la empresa, visita inspectiva que debió realizarse con ayuda de la fuerza pública pudiendo constatar que la obra continuaba en construcción y no había detenido sus acciones en el sector. Aspecto que motivó la solicitud de aplicación de medida provisional al Segundo Tribunal Ambiental, esta vez de clausura de las instalaciones persiguiendo la eficacia; aspecto que se logrará también gracias a la realización de rondas periódicas de Carabineros de Chile en el sector.