El agua como recurso crítico en la planificación ambiental
La sequía en Chile ha dejado de ser un fenómeno coyuntural para convertirse en una crisis climática estructural, con consecuencias profundas en la planificación, evaluación y viabilidad de proyectos sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Desde la macrozona norte hasta el centro-sur del país, la disminución sostenida de precipitaciones, el retroceso de glaciares y la sobreexplotación de acuíferos han transformado el agua en un recurso crítico, escaso y altamente regulado. Esto exige que los proponentes de proyectos —especialmente en sectores como minería, energía, agricultura, industrial e inmobiliario— integren de forma rigurosa el riesgo hídrico en sus estudios ambientales desde las primeras etapas.
Exigencias del SEIA en contextos de escasez hídrica
El SEIA, regulado por la Ley 19.300 y el Reglamento del SEIA (DS 60/2022), exige que los proyectos identifiquen y mitiguen sus impactos sobre los recursos naturales, incluyendo el agua. En un contexto de sequía prolongada, la disponibilidad hídrica real —y no solo la teórica— se ha vuelto un factor determinante en la evaluación de autoridades ambientales. Por ejemplo, proyectos que requieren derechos de aprovechamiento de aguas superficiales o subterráneas deben demostrar no solo su legalidad, sino también su sostenibilidad en escenarios de escasez. La autoridad ha rechazado o solicitado re-estudios en casos donde los balances hídricos no consideran adecuadamente el déficit actual o proyectado, o cuando no se incorporan alternativas de eficiencia o reutilización.

Participación ciudadana y conflictos por el agua
Además, la participación ciudadana ha ganado relevancia en este contexto. Comunidades locales, organizaciones de usuarios de agua y pueblos originarios han impugnado proyectos que perciben como competidores por un recurso ya crítico. Una evaluación ambiental que subestima estos conflictos sociales o no propone mecanismos transparentes de monitoreo y gobernanza del agua corre alto riesgo de generar observaciones, demoras o incluso rechazo.
Normativa emergente y medidas de adaptación obligatorias
Otro aspecto clave es la normativa complementaria. La Ley de Glaciares (en discusión legislativa), las declaratorias de zona de escasez hídrica por la Dirección General de Aguas (DGA), y los nuevos estándares de la Estrategia Nacional de Recursos Hídricos exigen que los proyectos demuestren resiliencia climática. Esto incluye el uso de tecnologías de recirculación, la implementación de planes de eficiencia hídrica, o la adopción de fuentes alternativas (como agua desalada en zonas costeras). Estas medidas ya no son opcionales: son condiciones de viabilidad técnica y social.
Acompañamiento técnico y legal para proyectos resilientes
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Héctor San Martin
Periodista

