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Hoy entra en vigencia la Ley Eficiencia Energética en autos: Todo lo que debes saber

Hoy 12 de febrero, entra en vigor el “Estándar mínimo de eficiencia energética para vehículos motorizados livianos”. Dicha legislación fue oficializada en el Diario Oficial el 12 de febrero de 2022, con el propósito de establecer un nivel mínimo de eficiencia energética para vehículos motorizados livianos.

 

Este nuevo estándar requerirá al menos un rendimiento promedio del parque de 18,8 km/lge para los años 2024 a 2026, 22,8 km/lge para los años 2027 a 2029, y 28,9 km/lge a partir del año 2030.

 

Según el Ministerio de Energía, la implementación de este estándar podría conducir a una reducción acumulada de 7,93 millones de toneladas de CO2 equivalente para el año 2030, contribuyendo así aproximadamente al 12% de las medidas de mitigación necesarias para alcanzar la neutralidad de carbono para ese año.

 

Esta medida incrementará la eficiencia energética de los vehículos nuevos en cerca del 45%, alineando al país con estándares observados en Europa, Estados Unidos y Japón. Además, incentivará a los grandes importadores de vehículos a traer a Chile los modelos más eficientes de sus marcas, los cuales ya están disponibles en otros mercados.

 

Procedimiento de establecimiento y verificación del cumplimiento del estándar:

 

El estándar de eficiencia energética vehicular en Chile se basa en metas de rendimiento energético, medido en kilómetros por litro de gasolina equivalente (km/lge). Para asegurar el cumplimiento, se utilizará el ciclo de conducción vigente al momento de la homologación.

 

Los importadores o representantes de cada marca de vehículos serán responsables de garantizar el cumplimiento. Se evaluará el rendimiento energético de cada responsable mediante el promedio de los rendimientos de todos los vehículos para los cuales se haya emitido un certificado de homologación individual (CHI).

 

Según lo estipulado en la legislación, las sanciones por incumplimiento del estándar serán administradas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), la cual podrá imponer multas de hasta 0,2 Unidades de Fomento (UF) por cada décima de km/lge por debajo del estándar definido para un año determinado, multiplicado por el número total de CHI emitidos válidamente en dicho año.

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